Vamos a explicarte cómo y dónde puedes deducirte el alquiler de tu vivienda habitual en tu Renta 2025, que es la declaración que hacemos en 2026 para rendir cuentas del pasado año fiscal. Ya puedes solicitar y presentar tu borrador online y desde el móvil, pero antes es recomendable prestarle atención a esto.
Ya te hemos explicado las casillas más importantes en las que debes fijarte en tu declaración, pero también es importante conocer las deducciones autonómicas. Sobre ellas ya te dijimos las del seguro del hogar, gastos de veterinario, la cuota del gimnasio, y la compra de gafas y lentillas, y ahora vamos a centrarnos en el alquiler de tu vivienda habitual.
Esta es una de las deducciones más universales, y la puedes encontrar en la mayoría de comunidades autónomas. Cada una tiene sus edades máximas, topes de renta y porcentajes propios, pero la mayoría ofrece algún tipo de deducción. Empezaremos con los requisitos generales, y luego entraremos en los comunitarios.
Requisitos además de la comunidad donde vives
Aunque cada comunidad autónoma fija sus propios criterios para poder solicitar esta deducción, hay algunos criterios que están en todas ellas, y que conviene conocerlos.
- Residencia fiscal en la comunidad donde aplicas la deducción: La deducción solo la vas a poder solicitar en la comunidad donde tengas tu residencia fiscal. Da igual dónde esté tu vivienda, la deducción depende de la comunidad autónoma donde tributes, incluso si vives en otra ciudad.
- Que sea tu vivienda habitual: Debes tener un contrato de alquiler que sea específicamente de vivienda habitual, no de segunda residencia ni apartamento vacacional. La mayoría de comunidades exigen contrato de al menos un año.
- Ser titular del contrato: Solo quien firma el contrato puede solicitar la deducción. En matrimonios, aunque sea régimen de gananciales, si el contrato está solo a nombre de uno de los cónyuges, el otro no puede deducir lo que haya pagado.
- Identificar al arrendador con su NIF: Casi todas las comunidades obligan a consignarlo el NIF del arrendador de tu vivienda en la declaración. Si tu casero se niega a dártelo, tienes un problema.
- No superar el tope de renta: Cada comunidad fija su propio límite de renta, de lo que ganas al año. Si ganas más dinero superando ese límite, pierdes el derecho a la deducción.
- Pagos trazables: Muchas comunidades excluyen los pagos en efectivo. Conviene pagar con transferencia, tarjeta, cheque nominativo o Bizum con recibo bancario.
- No aplicar a la vez la deducción por inversión en vivienda habitual: En general, son incompatibles. No puedes deducirte el alquiler y la compra de vivienda habitual por la misma vivienda en el mismo ejercicio.
Deducciones de cada comunidad autónoma
|
Comunidad |
porcentaje y tope |
requisitos principales |
Tope de renta (ind. / conj.) |
|---|---|---|---|
|
andalucía |
15%, hasta 1.200€ (1.500€ con discapacidad) |
<35 o >65 años, o víctima de violencia/terrorismo |
25.000€ / 30.000€ (base imponible) |
|
asturias |
10%, hasta 500€ (general); 30%, hasta 1.500€ (colectivos o despoblamiento) |
Sin requisito / jóvenes ≤35, familias numerosas, monoparentales, víctimas violencia de género / despoblamiento |
35.000€ / 45.000€ (base imponible) |
|
Baleares |
15%, hasta 530€ / 20%, hasta 650€ |
<36 o >65 sin actividad / <30, discapacidad 33%+, familias numerosas/monoparentales, autónomos 183 días+ |
33.000€ / 52.800€ (ampliable con familia numerosa) |
|
Canarias |
24%, hasta 740€ (760€ si <40 o ≥75) |
Sin requisito de edad general (topes mayores para <40 o ≥75) |
46.455€ / 61.770€ (base imponible) |
|
Cantabria |
10%, hasta 300€ / 600€ conjunta |
<36 años, ≥65, o discapacidad ≥65% |
Sin tope específico pero alquiler >10% renta |
|
Castilla-La Mancha |
15%, hasta 500€ (cuatro modalidades incompatibles) |
Menores de 36, o familias numerosas, o monoparentales, o discapacidad ≥65% |
12.500€ / 25.000€ (base imponible menos mínimo por descendientes) |
|
Castilla y León |
20%, hasta 459€ / 25%, hasta 612€ (pequeños municipios) |
<36 años |
18.900€ / 31.500€ (base imponible menos mínimo personal y familiar) |
|
Cataluña |
10%, hasta 500€ (individual) / 1.000€ (conjunta) |
≤35 años, parado 183+ días, discapacidad ≥65%, o ≥65 viudo; aparte, familias numerosas y monoparentales |
30.000€ / 45.000€ (menos mínimo personal y familiar) |
|
Extremadura |
30%, hasta 1.000€ (general) / 1.500€ (medio rural) |
<36 años, familia numerosa, monoparental con 2 hijos, discapacidad ≥65% o curatela |
28.000€ / 45.000€ (sin tope si medio rural + familia numerosa/monoparental) |
|
Galicia |
10%, hasta 300€ / 20%, hasta 600€ (2+ hijos); duplicable con discapacidad 33%+ |
≤35 años |
22.000€ (común ind./conj.) |
|
Madrid |
30%, hasta 1.237,20€ |
<40 años |
26.414,22€ / 37.322,20€ + tope unidad familiar 61.860€ |
|
Región de Murcia |
10%, hasta 300€ por contrato |
≤40 años, familia numerosa, o discapacidad ≥65% |
40.000€ base general (menos mínimo personal y familiar); ahorro ≤1.800€ |
|
La Rioja |
10%, hasta 300€ / 20%, hasta 400€ (pequeños municipios) |
<36 años |
18.030€ / 30.050€ (base liquidable general); ahorro ≤1.800€ |
|
Comunitat Valenciana |
20%, hasta 800€ / 25%, hasta 950€ / 30%, hasta 1.100€ |
General / ≤35, discapacidad o víctima violencia / dos o más condiciones |
30.000€ / 47.000€ (base liquidable) |
|
País Vasco |
20%, hasta 1.600€ (general) / 35%, hasta 2.800€ (colectivos) |
Sin requisito / menores de 36 años, familia numerosa, monoparental, víctimas de violencia doméstica o de género, discapacidad ≥65% o dependencia, y convivientes con personas dependientes |
68.000€ en Bizkaia y 85.000€ en Álava y Gipuzkoa (base liquidable general + ahorro), aplicable desde 2026 |
|
navarra |
15%, hasta 1.500€ (general) / 20%, hasta 1.600€ (colectivos) |
Alquiler debe superar el 10% de las rentas / <30 años o familia monoparental con custodia exclusiva |
30.000€ individual / 60.000€ conjunta (rentas excluidas las exentas) |
Empezamos con este cuadro donde te resumimos las comunidades autónomas donde vas a poder deducirte los gastos por tu alquiler de vivienda habitual, así como la deducción y el límite anual que puedes deducirte. Así, lo vas a tener todo claro de un vistazo.

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Deducciones por alquiler en Andalucía
En Andalucía se aplica una deducción del 15% de lo que has gastado en el alquiler de tu vivienda habitual, con un máximo de 1.200 euros anuales, que sube a 1.500 euros si el contribuyente tiene la consideración legal de persona con discapacidad.
La deducción solo la pueden solicitar los menores de 35 años, los mayores de 65, o las víctimas de violencia doméstica, terrorismo o personas afectadas. En caso de tributación conjunta, solo uno de los cónyuges necesitan cumplir los requisitos. La suma de la base imponible general y del ahorro no puede superar los 25.000 euros en tributación individual ni los 30.000 en conjunta. Además, es obligatorio identificar al arrendador consignando su NIF en la autoliquidación.
Deducciones por alquiler en el Principado de Asturias
Asturias tiene una deducción general del 10% con un máximo de 500 euros, que sube al 30% con un máximo de 1.500 euros para jóvenes de hasta 35 años, miembro de familia numerosa, familia monoparental o víctimas de violencia de género. Existe también una modalidad reforzada del 30% con el mismo máximo de 1.500 euros para quienes vivan en concejos asturianos en riesgo de despoblamiento o crisis demográfica.
Para poder solicitar la deducción, la suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar los 35.000 euros en tributación individual ni los 45.000 en conjunta. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la deducción respecto de la misma vivienda, el importe máximo se prorratea a partes iguales entre ellos.
Deducciones por alquiler en Illes Balears
Baleares ofrece una deducción del 15% con un máximo de 530 euros para menores de 36 años o mayores de 65 sin actividad laboral. También un 20% con un máximo de 650 euros para menores de 30, personas con discapacidad del 33% o más (o con derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes), familias numerosas, familias monoparentales con dos o más hijos, o autónomos dados de alta al menos 183 días durante el ejercicio.
El contrato de alquiler debe tener duración mínima de un año. Además, ni el contribuyente ni los miembros de su unidad familiar pueden ser titulares de otra vivienda situada a menos de 70 kilómetros de la alquilada, salvo que esté fuera de Baleares, en otra isla, o genere rendimientos del capital inmobiliario.
Para poder solicitar la deducción, la suma de base imponible general y del ahorro no puede superar los 33.000 euros en individual ni los 52.800 en conjunta, con límites ampliados para familias numerosas generales (hasta 39.600 / 63.360 euros) y familias numerosas de categoría especial (42.900 / 68.640 euros).
Deducciones por alquiler en Canarias
Canarias tiene una de las deducciones más generosas. Son de un 24% con un máximo de 740 euros anuales, que sube a 760 euros para menores de 40 años o igual o superior a 75 años. Las cantidades pagadas por el alquiler deben exceder del 10% de la suma de la base imponible general y del ahorro. Es decir, si tus ingresos anuales son 20.000 euros, debes pagar más de 2.000 euros al año en alquiler para poder aplicar la deducción.
La suma de la base imponible general y del ahorro no puede superar los 46.455 euros en individual ni los 61.770 en conjunta. Es obligatorio añadir el NIF del arrendador, la identificación catastral de la vivienda y el canon arrendaticio anual. Si has recibido ayudas públicas al alquiler exentas de IRPF, su importe se descuenta de la base de la deducción.

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Deducciones por alquiler en Cantabria
Cantabria ofrece una deducción de un 10% con un máximo de 300 euros anuales en tributación individual y 600 euros en conjunta (siempre que al menos uno de los declarantes cumpla los demás requisitos). Esta deducción es incompatible con la específica por arrendamiento en municipios en riesgo de despoblamiento de Cantabria cuando se refiera a la misma vivienda.
La deducción está limitada a menores de 36 años, mayores de 65 o personas con discapacidad física, psíquica o sensorial del 65% o más. Las cantidades pagadas por el alquiler deben superar el 10% de la renta del contribuyente. No admite pagos en efectivo: tiene que ser tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
Deducciones por alquiler en Castilla-La Mancha
Castilla-La Mancha no tiene una única deducción, sino cuatro modalidades incompatibles entre sí, todas con la misma cuantía: 15% con un máximo de 500 euros anuales, elevable al 20% con máximo 612 euros para menores de 36 años en municipios de hasta 2.500 habitantes, o de entre 2.500 y 10.000 a más de 30 km de una ciudad de más de 50.000 habitantes.
Las cuatro modalidades son: por menores de 36 años, por familias numerosas, por familias monoparentales y por personas con discapacidad con grado igual o superior al 65%. En todos los casos la suma de la base imponible general y del ahorro menos el mínimo por descendientes no puede superar los 12.500 euros en individual ni los 25.000 en conjunta. Son topes muy bajos comparados con el resto de comunidades.
Existe además una modalidad específica por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a dación en pago. Todas las modalidades son incompatibles entre sí: hay que elegir solo una.
Deducciones por alquiler en Castilla y León
Castilla y León aplica un 20% con un límite de 459 euros, que sube al 25% con un límite de 612 euros cuando la vivienda habitual se encuentre en un municipio o entidad local que no exceda de 10.000 habitantes con carácter general, o 3.000 habitantes si está a menos de 30 km de la capital de la provincia.
El contribuyente debe tener menos de 36 años, y la base imponible general más la del ahorro, menos el mínimo personal y familiar, no puede superar los 18.900 euros en individual ni los 31.500 en conjunta. Un detalle importante: si has cobrado el Bono Alquiler Joven durante el ejercicio, el importe de esas ayudas se descuenta de las cantidades pagadas al calcular la deducción.
Deducciones por alquiler en Cataluña
Cataluña aplica una deducción del 10% con un máximo de 500 euros en tributación individual. Esto sube a 1.000 euros para quienes tengan 35 años o menos, hayan estado en paro 183 días o más durante el ejercicio, tengan un grado de discapacidad del 65% o superior, o sean viudo/a con 65 años o más. Las familias numerosas y monoparentales tienen el 10% con límite de hasta 1.000 euros anuales.
Para poder aspirar la deducción, la suma de las bases imponibles general y del ahorro menos el mínimo personal y familiar no puede superar los 30.000 euros en tributación individual ni los 45.000 en conjunta. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la deducción por la misma vivienda, ninguna vivienda puede dar lugar a una deducción total superior a 1.000 euros.
Deducciones por alquiler en Extremadura
Extremadura ofrece una deducción del 30% con un límite de 1.000 euros anuales de forma general, que sube a 1.500 euros anuales si la vivienda está en el medio rural, que son municipios con población inferior a 3.000 habitantes.
Para aspirar a esta deducción, deben cumplirse alguno de estos requisitos: tener menos de 36 años a fecha, formar parte de familia numerosa o ser padre o madre soltera o separada con dos hijos sin derecho a percibir alimentos, tener una discapacidad con grado del 65% o más, o estar bajo curatela representativa.
Además, la suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar los 28.000 euros en tributación individual ni los 45.000 en conjunta. Este requisito de renta no se aplica a quienes viven en un municipio de menos de 3.000 habitantes y además forma parte de una familia numerosa o es ascendiente separado con dos hijos. Además, ni él ni su unidad familiar pueden ser titulares de otra vivienda a menos de 75 kilómetros de la arrendada.
Deducciones por alquiler en Galicia
Galicia aplica una deducción del 10% con un límite de 300 euros por contrato y año. El porcentaje sube al 20% con un límite de 600 euros para quien tiene dos o más hijos menores de edad, y las cuantías se duplican si el arrendatario tiene reconocida una discapacidad del 33% o superior.
El contribuyente debe tener 35 años o menos, y el contrato de arrendamiento debe ser posterior al 1 de enero de 2003. La base imponible general y del ahorro no puede superar los 22.000 euros, tanto en tributación individual como en conjunta, y con el mismo tope para ambos supuestos.
Es obligatorio haber constituido el depósito de la fianza en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, o tener copia compulsada de la denuncia presentada por no haberla depositado el arrendador.
Deducciones por alquiler en la Comunidad de Madrid
Madrid tiene la deducción del 30% con un máximo de 1.237,20 euros, tanto en tributación individual como conjunta. Para obtenerlo, el contribuyente debe tener menos de 40 años y la suma de la base imponible general y del ahorro del contribuyente no puede superar los 26.414,22 euros en individual ni los 37.322,20 en conjunta. Además, la suma de las bases imponibles de toda la unidad familiar no puede superar los 61.860 euros. Además, las cantidades pagadas en el alquiler deben superar el 20% de la base imponible.
El contribuyente debe tener el resguardo del depósito de la fianza en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, o bien copia de la denuncia presentada contra el arrendador por no habérselo entregado. Sin ese documento, no hay deducción.
Deducciones por alquiler en la Región de Murcia
Murcia aplica un 10% de las cantidades no subvencionadas satisfechas, con un máximo de 300 euros anuales por contrato. La deducción es para contribuyentes de 40 años o menos, miembros de familia numerosa, o personas con discapacidad del 65% o más.
La base imponible general menos el mínimo personal y familiar debe ser inferior a 40.000 euros, y la base imponible del ahorro no puede superar los 1.800 euros. No admite pagos en efectivo, y exige haber presentado el modelo del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Ni el contribuyente ni los miembros de su unidad familiar pueden ser titulares de más del 50% del pleno dominio de otra vivienda.
Deducciones por alquiler en La Rioja
La Rioja tiene una deducción del 10% con un límite de 300 euros anuales por contrato con carácter general, y una modalidad reforzada del 20% con un límite de 400 euros por contrato para viviendas situadas en pequeños municipios de La Rioja.
El contribuyente debe tener menos de 36 años. La base liquidable general no puede exceder de 18.030 euros en individual ni de 30.050 en conjunta, y la base liquidable del ahorro no puede superar los 1.800 euros. Al igual que en Murcia, es obligatorio haber presentado el modelo del ITP y AJD.

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Deducciones por alquiler en la Comunitat Valenciana
La Comunitat Valenciana tiene un sistema por tramos en función del perfil. 20% con un límite de 800 euros con carácter general, que sube al 25% con un límite de 950 euros si el arrendatario cumple una de estas condiciones: tener 35 años o menos, tener un grado de discapacidad física o sensorial del 65% o más (o discapacidad intelectual o mental permanente del 33% o más), o ser víctima de violencia de género. Y sube al 30% con un límite de 1.100 euros si reúne dos o más de esas condiciones.
La suma de la base liquidable general y del ahorro no puede superar los 30.000 euros en individual ni los 47.000 en conjunta. Además, los topes máximos se reducen proporcionalmente si la base está entre 27.000 y 30.000 euros individualmente o entre 44.000 y 47.000 de forma conjunta, aplicando una fórmula específica.
Hay algunos requisitos adicionales, como que el contrato debe ser posterior al 23 de abril de 1998 y durar al menos un año. Ni el contribuyente ni los miembros de su unidad familiar pueden ser titulares de otra vivienda a menos de 50 kilómetros de la arrendada. Y no se admiten pagos en efectivo: debe ser tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
Deducciones por alquiler en Aragón
Aragón es la única comunidad autónoma de régimen común que no tiene una deducción general por alquiler de vivienda habitual. Solo dispone de dos modalidades muy específicas: una deducción por arrendamiento de vivienda habitual vinculada a operaciones de dación en pago, y otra por arrendamiento de vivienda social que es aplicable al arrendador, no al inquilino.
Si no estás en ninguno de esos dos supuestos, no podrás aplicar ninguna deducción autonómica por alquilar en Aragón. Eso sí, si firmaste el contrato antes del 1 de enero de 2015 y venías aplicando la deducción estatal transitoria, esa sí puedes seguir aplicándola.
Deducciones por alquiler en País Vasco
El País Vasco gestiona el IRPF a través de las tres Haciendas Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, cada una con sus propias normativas.
El porcentaje general es del 20% con un máximo de 1.600 euros anuales. Se eleva al 35% con un máximo de 2.800 euros para una lista amplia de colectivos: menores de 36 años, titulares de familia numerosa, familias monoparentales, familias con custodia atribuida por razón de violencia doméstica o de género, víctimas de violencia doméstica o de género, personas con discapacidad del 65% o más o con grados de dependencia reconocidos según el Real Decreto 174/2011, y quienes convivan con personas dependientes.
En el caso de tributación conjunta, si algún miembro de la unidad familiar pertenece a alguno de estos colectivos, se aplica el porcentaje incrementado del 35% a toda la deducción. Y si varios inquilinos firman el contrato, cada uno puede aplicar su deducción individual sobre la parte que le corresponda, con el límite máximo de 2.800 euros por contribuyente.
Deducciones por alquiler en Navarra
La Hacienda Foral de Navarra regula la deducción también de forma independiente. Esta es del 15% con un máximo de 1.500 euros anuales. Sube al 20% con un máximo de 1.600 euros cuando el sujeto pasivo tenga menos de 30 años o forme parte de una unidad familiar monoparental.
Navarra exige dos requisitos económicos específicos: las rentas del contribuyente no pueden superar los 30.000 euros en tributación individual (60.000 en conjunta), excluidas las rentas exentas, y las cantidades pagadas por el alquiler deben exceder del 10% de esas rentas. Es decir, si tus ingresos anuales son 18.000 euros, debes pagar más de 1.800 al año en alquiler para poder solicitar la deducción.
Además, Navarra cuenta con dos programas específicos, EmanZipa y DAVID, que son ayudas directas al alquiler para jóvenes y situaciones concretas. Pueden llegar al 50% de la renta pagada con topes mensuales, pero son incompatibles con la deducción general. Quien perciba una de estas ayudas no puede aplicar simultáneamente el 15% o el 20% en su declaración.
Cómo aplicar la deducción en tu declaración
Esta deducción se aplica en el tramo autonómico del IRPF, dentro del apartado de deducciones autonómicas de tu comunidad. En Renta Web, cuando llegues al apartado de deducciones autonómicas, tendrás que buscar la deducción por gastos veterinarios correspondiente a tu comunidad autónoma y rellenar la cantidad que has pagado durante 2025.
Como te hemos dicho antes, debes tener la documentación que acredite el pago de estos gastos. Vamos, que debes tener las facturas oficiales del veterinario con tus datos personales y los fiscales del centro. Esto es así por si Hacienda decide hacer una comprobación y te los pide para verificar que lo que has puesto es verdad.
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La noticia
Cómo deducirte el alquiler de tu vivienda habitual en la Renta 2025, y en qué comunidades puedes hacerlo en tu declaración de 2026
fue publicada originalmente en
Xataka
por
Yúbal Fernández
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