Regulados, pero no mucho. Así se podría definir la situación de los vehículos de movilidad personal después de que el Gobierno publicara en el BOE los nuevos requisitos con los que tendrán que cumplir los futuros vehículos de movilidad personal o VMP, una categoría protagonizada por los patinetes eléctricos.
Los patinetes se han multiplicado en las ciudades españolas. Y con ellos también han crecido los vehículos que no cumplen con los requisitos mínimos para circular, las situaciones de tensión entre usuarios de VMP y otros agentes de la vía y, por supuesto, de accidentes. Todo ello lo quiere atajar la DGT y fruto de esta situación ha nacido el Nuevo Manual de Características Técnicas de los Vehículos de Movilidad Personal, ya publicado en el BOE.
Poner orden en el caos
Gusten más o menos las medidas que ha dispuesto la DGT, parecía necesario poner cierto orden para establecer qué es un vehículo de movilidad personal cuáles cumplen las normas. Según los cálculos del organismo, circulan por España alrededor de un millón de patinetes y en 2020 se produjeron ocho muertes y 97 heridos hospitalizados que se vieron involucrados en accidentes donde los vehículos de movilidad personal jugaron un papel protagonista. Además, otras 1.097 personas se vieron heridas en un accidente aunque no requirieron de hospitalización.
📢🆕🛴Nuevo Manual de Características Técnicas de los Vehículos de Movilidad Personal que recoge las condiciones que deben cumplir los #VMP, debidamente certificadas, para poder circular por las vías.
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— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) January 21, 2022
Esto ha animado a la DGT a tomar las riendas y establecer que un vehículo de movilidad personal es aquel cuya velocidad máxima está limitada entre seis y 25 km/h, miden un máximo de 2 metros de longitud, pesan menos de 50 kg y cuentan con una potencia máxima de 1.000 W si carecen de sistema de auto-equilibrado o de 2.500 W si cuentan con él. Además, la altura mínima del manillar tiene que ser de 70 centímetros o, en el caso de contar con sillín y sistema de autoequilibrado, de 50 centímetros.
Pero esta definición llega acompañada del verdadero objetivo de la DGT: evitar que estos patinetes se truquen para ganar velocidad. Todos ellos tendrán que contar con un sistema antimanipulación, luz de freno y reflectantes, dibujo en los neumáticos y hasta pata de cabra para su estacionamiento.
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El certificado, a la vista… a partir de 2024 como pronto
Para una mayor garantía de que el patinete cumple con estas exigencias, los vehículos de movilidad personal tendrán que ser certificados en pruebas de laboratorio y exponer sus características técnicas en una chapa metálica. Además, un código QR en la zona trasera permitirá identificar al dueño del vehículo y multarlo si incumple una normativa. Será el sistema de identificación que utilicen las autoridades, pues al no ser vehículos de tracción mecánica carecen de matrícula.
Sin embargo, esta necesidad de contar con placa metálica y código QR no será de obligado cumplimiento hasta, al menos, dentro de dos años. A partir del 22 de enero de 2024, todos los patinetes nuevos homologados en nuestro país tendrán que contar con este requisito. Y para los que circulan en estos momentos sin dicha información, no será obligatorio implementarla en el patinete hasta el 22 de enero de 2027. A partir de entonces, todos los vehículos de movilidad personal tendrán que poder mostrar estas certificaciones.
Fotos | Ivan Radic
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La noticia
Regulados, pero no mucho: los patinetes tendrán que llevar un certificado de circulación… en 2027
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Xataka
por
Alberto de la Torre
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