Tras la nueva ola de contagios por coronavirus, el presidente Alberto Fernández firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia en el que se disponen una serie de restricciones hasta el próximo 30 de abril.
Se suspende la actividad en los centros comerciales y shoppings, actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados, los locales comerciales de la calle deberán estar abiertos entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno y en el caso de los gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán continuar pasadas las 19hs con las modalidades delivery y “para llevar” (take away).
Además se amplió la restricción de circulación: a partir de hoy desde las 20 y hasta las 6 de la mañana del día siguiente no se puede circular en la calle. Solo podrán hacerlo los esenciales.
Por último, se suspendieron a partir del 19 de abril las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.
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